Prohibición del CBD en Italia

CBD en Italia: el nuevo decreto ley de seguridad ciudadana y su artículo 18

Que impone restricciones a toda la cadena de producción y comercialización de flores de cáñamo y productos derivados con CBD en Italia

En Madrid, a 9 de abril de 2025.

El Consejo de Ministros de la República Italiana ha aprobado este viernes, 4 de abril de 2025, un nuevo Decreto Ley en materia de seguridad ciudadana que afectará de lleno al sector del cáñamo industrial y de los productos derivados con CBD una vez entre en vigor.

Situación actual (octubre de 2026): El Decreto-ley 48/2025 se publicó en la Gazzetta Ufficiale el 11 de abril de 2025, entró en vigor al día siguiente y fue convertido sin modificaciones por la Ley 80/2025, de 9 de junio, por lo que la prohibición de las flores de cáñamo y sus derivados de su artículo 18 está vigente en Italia. El Tribunal de Brindisi (ordenanza de 2 de diciembre de 2025) ha planteado su posible inconstitucionalidad y la Corte costituzionale tiene fijada la audiencia pública para el 9 de febrero de 2027. Para la situación en España, consulta nuestra guía sobre la situación legal del CBD en España.

Dicha entrada en vigor se prevé en los próximos días, una vez el texto sea publicado oficialmente en la Gazzetta Ufficiale italiana, si bien contará a partir de entonces con un plazo de 60 días para ser convalidado por la Cámara de Diputados italiana para transformarse en Ley.

En su artículo 18, el nuevo Decreto Ley prevé lo siguiente:

«Se prohíben la importación, cesión, transformación, distribución, comercialización, transporte, envío, expedición y entrega de las inflorescencias del cáñamo cultivado conforme al apartado 1 del presente artículo, incluso en forma semielaborada, seca o triturada, así como de productos que contengan o estén constituidos por dichas inflorescencias, incluidos extractos, resinas y aceites derivados de ellas. Se aplican las disposiciones sancionadoras previstas en el título VIII del texto único recogido en el Decreto del Presidente de la República de 9 de octubre de 1990, n.º 309.»

Por tanto, esta norma comprende la imposición de verdaderas restricciones para la industria del cáñamo industrial y del cannabis light en Italia, así como para otros sectores como, por ejemplo, el afincado en España. De este modo, con la publicación de este Decreto Ley, la industria española ya no podrá alegar el origen lícito de los productos cuando provengan del país transalpino.

Según ha podido conocer S&F Abogados, la industria italiana, a través de la colaboración entre grupos empresariales y abogados expertos en la materia, ya se encuentra organizando el ataque jurídico que logre dar marcha atrás al Decreto Ley impuesto por el Gobierno de Meloni. Esperemos que, con la interposición de los correspondientes recursos judiciales, los tribunales italianos suspendan la aplicación del mismo y, finalmente, resuelvan su nulidad.

Seguiremos informando sobre este proceso y, principalmente, sobre la fecha en la cual entre en vigor la meritada norma.

S&F Abogados.

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